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¿Qué son los Derechos Humanos?
Por Marek Nowicki 

El conocimiento sobre derechos humanos se sitúa en algún lugar entre la filosofía, la ética y las numerosas ramas del derecho y las ciencias políticas. En su forma moderna, se desarrolló después de la II Guerra Mundial, aunque sus raíces se pueden encontrar en la Antigüedad, en la Edad Media y sobre todo en el Renacimiento. Los derechos humanos no han sido objeto ni de investigación ni de enseñanza en el mundo comunista, aunque esta unión de palabras a la cual se le ha añadido el adjetivo "socialista" comenzó a aparecer en los años 70 y 80, oscureciendo e intencionalmente confundiendo la idea que venía de los países occidentales, y que aquí en Polonia se definió como "los derechos humanos de la burguesía". 

En los años 90, hubo en Polonia una rápida popularización del concepto de los derechos humanos. No es posible, sin embargo, en unos pocos años recuperar el atraso de más de 50 años en el desarrollo de la conciencia social. Dado  que otros términos relacionados sólo indirectamente con los derechos humanos, como democracia, izquierda, derecha, etc., cuyo sentido deformó la ideología de la Polonia comunista y después los políticos en el período de transformación, crean confusión. 

No es posible analizar algo sin definir el sentido de los términos elementales. Probemos entonces sin tratar de encontrar el sentido de los términos popularmente aceptados (que sin embargo no existen) definir los que vamos a utilizar en nuestro análisis sobre los derechos humanos.
El primer término que crea confusión, es la palabra democracia. Los periodistas frecuentemente preguntan sobre el sentido de ocuparse de los derechos humanos, ya que " ya tenemos democracia". Ellos identifican la democracia con el gobierno de la mayoría y la prueba de su existencia es para ellos la realización de elecciones libres y honestas. En realidad, en Polonia tenemos hoy un gobierno que representa la mayoría. Este tipo de gobierno, sin embargo, puede ser terrible para determinados individuos y para cualquier tipo de minorías y la representación de esta tesis se puede encontrar en la historia. Por ejemplo, la condena a la pena de muerte por la mayoría a Sócrates no llena de gloria al sistema político de Atenas. Si le pedimos a un determinado grupo de personas que escriba en un papel diez o veinte rasgos que los caractericen la situación en la que se encuentran, llegaremos a la conclusión que la mayoría de estos rasgos mencionados son rasgos minoritarios. La mayoría de nosotros tiende a olvidar los problemas de la minoría y a veces ésta es hasta enemiga. Llegamos pues a  la conclusión que un poder ilimitado del gobierno de la mayoría es un peligro para las personas y los grupos. Podemos concluir que en una sociedad democrática los derechos y las libertades del hombre definen los límites del poder de la mayoría.

Un término muy importante para los derechos humanos es el estado de derecho. "La República de Polonia es un país democrático de derecho" - así dice el artículo 2 de la Constitución de 1997. El estado de derecho es el país en el cual las reglas del juego entre el individuo y el poder son claras, estables y ampliamente conocidas. Es un país en el cual el ciudadano puede predecir con elevada probabilidad cuál va a ser la reacción del gobierno a su comportamiento ya que en este tipo de país gobierna la ley, que es transparente, y no la voluntad arbitraria de un funcionario o un empleado. 

Los derechos y las libertades del hombre aparecen exclusivamente en las relaciones del individuo con el estado. A esto se le llama el funcionamiento vertical de estos derechos. Los estudios que se han hecho para definir las relaciones entre las personas, basados en la metodología y la terminología de los derechos humanos (funcionamiento horizontal de estos derechos), no han sido hasta hoy exitosas. Cuando hablamos de los derechos humanos, nos limitamos a las relaciones entre el individuo y el estado. Por supuesto que la vida familiar, el amor, la amistad, las relaciones entre los vecinos son la fuente de numerosos derechos y obligaciones, las cuales no son dominio de los derechos humanos.

Los derechos humanos son derechos individuales y no colectivos. Su sujeto es el individuo. Cuando se habla de los derechos humanos, no se puede hablar de los derechos de minorías nacionales - eso es la esfera y el lenguaje de la política (este derecho colectivo sería, por ejemplo, el derecho a la autonomía) - sino sobre el derecho de las personas pertenecientes a las minorías nacionales. No sobre los derechos de los inválidos como grupo, sino de los derechos de cada uno de ellos aparte. El único artículo del Pacto de los Derechos Humanos que no es consecuente con este principio, es el artículo 1 que fue introducido en los años 60 por la ONU "las naciones tienen derecho a la autodeterminación". El derecho de las naciones no se puede deducir de los derechos individuales, son derechos típicamente colectivos. Las causas de la introducción de este planteamiento tuvieron carácter político. Hoy, sin embargo, hablando de los derechos humanos, hablamos de los derechos individuales, no de las naciones, clases sociales o estados. 

Existen dos principales grupos de los llamados derechos humanos: derechos materiales y derechos procesales.

Los derechos materiales son determinados libertades y derechos que pertenecen al hombre: la libertad de palabra, conciencia, religión, elección del lugar de residencia, derecho a la educación, etc. Los derechos procesales son los métodos de funcionamiento accesibles al individuo y las instituciones relacionadas con él. Que permiten al individuo exigir de los gobernantes el respeto a las libertades y la ejecución de los derechos. 

Los derechos materiales se pueden definir como derechos y libertades. El derecho (a veces llamado derecho positivo) es la obligación de los gobernantes de hacer algo activo para cada uno de nosotros. Por ejemplo, el derecho a educación obliga a los gobernantes a responder por la existencia de una red de escuelas que hacen posible que cada niño se eduque. 

La tradición del idioma polaco es a veces contradictoria con esta sistemática - literalmente se entiende al derecho a la vida que el estado ha de hacerme inmortal, sin embargo, se refiere más bien a la libertad de vida, y el derecho al agrupamiento es la prohibición de interferir en dónde y bajo qué consigna se reúnen de forma pacífica las personas, o sea, la libertad de asociación. La lucha por las normas del lenguaje es difícil y no tiene mucho objetivo, sin embargo, la diferenciación de los hechos positivos y negativos es importante.

Algunos de estos derechos se definen como inalienables. Son derechos que le pertenecen al individuo, a los cuales no puede él renunciar. La firma por alguno de un documento planteando que renuncia a las libertades personales y que se entrega a alguien como esclavo no tiene ningunas consecuencias legales - no tiene desde el comienzo importancia. Eficientemente, podemos, sin embargo, disponer de los bienes y limitar nuestro derecho a la propiedad - la propiedad no es un derecho inalienable. 

Como el derecho y la libertad del hombre se relacionan entre el individuo y las autoridades, debemos indicar que existen tres diferentes métodos para analizar la naturaleza de estas relaciones.

El primero asume que lo principal son las autoridades y que ellas, gracias a su bondad, les dan a las personas ciertos derechos. Las personas tienen, por tanto, tantos derechos como las autoridades quisieron darles. Esta actitud la encontramos en todas las constituciones comunistas. Se pueden también encontrar en algunas constituciones europeas del siglo XIX. 

El segundo está basado en el modelo del acuerdo social: las autoridades hacen un contrato con el pueblo que se define como un grupo de individuos (no como una sociedad marxista que estableciendo "una nueva calidad" puede tener sus propios objetivos, independiente de la voluntad y el interés de sus miembros). Los gobernados están de acuerdo en realizar algo en favor de las autoridades, como por ejemplo pagar los impuestos. Por otra parte, las autoridades se responsabilizan de hacer algo para la gente (ejecutar sus derechos), así como de no interferir en algunas esferas de sus vidas (respetar las libertades).

Este acuerdo, que puede tener mayores o menores ventajas para cada una de las partes, es completado con la estructura del aparato del poder y frecuentemente lleva el nombre de constitución. 

La tercera actitud es típica para el pensamiento norteamericano. Las personas disponen de libertades y derechos naturales resultantes de su naturaleza humana. Deciden ellos crear un país y nombrar a las autoridades con el objetivo de vivir mejor y más cómodamente. Para que el país pueda trabajar, limitan voluntariamente algunos de sus derechos y los transfieren a las autoridades del país, por ej. Limitan su propiedad y están de acuerdo en pagar impuestos, limitan su libertad y se responsabilizan de servir en el ejército de acuerdo con las necesidades.
Este modelo se diferencia definitivamente del primero. En el primero, las personas tenían tantos derechos, cuantos las autoridades les daban, y en el tercero, las autoridades tienen tantos derechos, cuantos las personas les han transferido. La tercera de estas actitudes, la cual dice que a los gobernantes se les permite solamente lo que las leyes les autorizan, a las personas, sin embargo, todo lo que la ley no les prohibe. Esta es una de las bases del concepto de derechos humanos. 

La dignidad del ser humano está relacionada con la misma integridad del Hombre, es la consecuencia del hecho de ser Hombre. La tienen tanto un bebé el cual en la vida todavía no ha hecho nada bueno ni malo, así como el mayor criminal. La dignidad del ser humano se debe diferenciar de la dignidad personal la cual está más cerca del honor: hay que trabajar para obtenerla, crece cuando reaccionamos noblemente y debidamente y se puede perder cuando actuamos vilmente. Para los derechos humanos es importante, sin embargo, la primera - dignidad del ser humano. Sus fundamentos se pueden buscar en las religiones y filosofías. Para un cristiano, resulta ella del hecho que el hombre está creado según la imagen y la apariencia de Dios y lleva en sí una partícula de dignidad de su Creador. Resulta, sin embargo, que para el análisis posterior no es especialmente importante cuál es el fundamento de la existencia, de la dignidad del ser humano, en qué religión o filosofía vamos a buscarlo, ya que de todas maneras, analizando las consecuencias de la existencia de esta dignidad, recibimos al final categorías de libertad y derechos muy parecidas, a las cuales el hombre tiene derecho en sus relaciones con las autoridades de su país, las leyes protectoras del hombre ante la humillación, trato inhumano por una potencia que posee los recursos de represión. 

Estos derechos y libertades son una barrera, un escudo que protege la dignidad de cada ser humano ante el atentado por parte de las autoridades. Los derechos del hombre no garantizan, por tanto, que seremos amados, felices, que nos vaya bien, no garantizan aun justicia ni un mínimo de bienestar: nos protegen solamente ante la humillación y el ataque a nuestra dignidad y todo eso sólo de parte de un, pero el más poderoso de los eventuales violadores - las autoridades del país que en las democracias se refleja como la voluntad de la mayoría. 
Los derechos humanos permiten conservar el individualismo de una persona, sobrevivir como persona irrepetible, ya que hasta ahora no ha habido y no habrá nadie igual a cada uno de nosotros con nuestro equipaje individual de recuerdos, sentimientos y pensamientos. Una contradicción con los sistemas que respetan lo irrepetible y lo individual de cada uno de nosotros son los totalitarismos que crean "al hombre nuevo" como un hombre estándar inventado por los dictadores. Estos ciudadanos ideales dicen lo mismo, piensan lo mismo y en situaciones extremas están vestidos en uniformes norcoreanos o chinos, o en camisas pardas, marchan juntos o llenan los estadios creando imágenes vivas para el beneplácito del Líder-Padre o alrededor de una idea que organiza su vida. 

La palabra "igualdad", cuando cae de los labios de los políticos, tiene diferentes significados. Cuando es usada por algún ideólogo comunista, éste tiene en la mente la igualdad de los servicios a los cuales el ciudadano tiene derecho, sus condiciones de vida. Un ejemplo de este tipo de pensamiento fue la frase "todos tenemos el estómago del mismo tamaño", por tanto a todos nos pertenece lo mismo. 

La igualdad en los labios de un socialista significa igualdad de posibilidades. Las personas que nacen, deberían de tener las mismas posibilidades y después, los más trabajadores y las personas con talento harían carrera, otros no, pero el punto de partida debería ser el mismo. 
Por fin, para un liberal la igualdad significa la igualdad de derechos y la igualdad ante la ley. La igualdad de derechos está muy cerca de la prohibición de la discriminación. La discriminación es la diferenciación injustificada, irracional, física o biológica de derechos. Así pues, la prohibición de conducir un vehículo a un ciego no es una discriminación, sino que está racionalmente justificada, sin embargo, la prohibición de expedir la licencia de conducir a las rubias o a los gitanos sería un signo de discriminación. Se puede, en la práctica, crear sistemas legales, libres de artículos discriminantes, no se ha logrado sin embargo hasta ahora, construir un sistema que satisfaga el segundo de los indicadores liberales de igualdad: igualdad ante la ley. En todas partes, los ricos o famosos son tratados mejor por los funcionarios del estado que un miembro de un grupo social popularmente despreciado. Se inventan diferentes sistemas que tratan de igualar esta diferencia, sin embargo, este objetivo no se ha logrado alcanzar completamente y puede ser que el postulado de trato igual sea un objetivo en la práctica inalcanzable, lo que no significa que se debería dejar de tratar de lograr. El análisis sobre la igualdad y libertad son un punto de partida para formular categorías de derechos materiales así como para crear instituciones y procedimientos que garanticen el respeto de las estas categorías por el estado. 
El mismo hecho de reconocer los derechos y libertades del hombre no tiene mayor importancia si no existen procedimientos que permitan a cada persona defenderse ante la violación de sus derechos. Los gobernantes siempre tienen la tendencia de violar los derechos de sus súbditos, ya que violándolos se puede gobernar más eficientemente y a veces alcanzar objetivos nobles y gloriosos. Esta tendencia de los gobernantes es independiente del sistema. De aquí el problema fundamental de crear procedimientos que prevengan esto, procedimientos que imposibiliten a los gobernantes cortar camino. Esto claramente se veía en la Polonia comunista en cuya constitución se escribieron algunos derechos del hombre y los cuales fueron ratificados en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1976, pero que los ciudadanos no disponían de derechos procesales - no había un camino que permitiera acusar a un funcionario provincial, a un policía o a un ministro de violar nuestros derechos y con el llamamiento a la constitución o al derecho internacional en los mejores casos nos podríamos encontrar con una reacción irónica. En los países democráticos desarrollados, los tribunales se encargan de proteger los derechos y las libertades del hombre, incluyendo los administrativos y los constitucionales, los portavoces parlamentarios de los derechos (ombudsman), las instituciones de iniciativa legislativa ciudadana y de referéndum ciudadano, el derecho ciudadano de quejarse al tribunal constitucional, la aplicación directa de la constitución y de los pactos internacionales referentes a los derechos humanos por instituciones del estado y las organizaciones no gubernamentales que trabajan bajo una buena legislación, etc. Algunos derechos materiales como la libertad de palabra, el derecho de la información sobre el trabajo de las autoridades del estado, la libertad de agrupamiento y asociación no son sólo valores protectores, sino también instrumentos que facilitan la defensa de otros derechos. En fin, un buen sistema político del estado con una clara separación entre los poderes legislativos, ejecutivos y judiciales (que se balancean y controlan entre sí) facilitan la defensa de los derechos humanos. 

Los derechos humanos se desarrollan con el tiempo y se extienden tanto en los sistemas legales internos de los países, como en el derecho internacional (vale la pena recordar que el derecho internacional define el estándar mínimo de los derechos humanos común para los países con diferentes tradiciones y culturas, otros derechos y libertades serán añadidos a los popularmente acordados por las leyes nacionales). Aparte del análisis sobre otros derechos, aparecen nuevos problemas y peligros - como por ej. El peligro del derecho a la privacidad por parte del desarrollo de la informática o nuevos problemas relacionados con los límites de los experimentos científicos. Se formulan, por tanto, nuevos derechos y libertades, se buscan nuevos procedimientos más efectivos que garanticen su observación, así como se reacciona, con la ayuda de diferentes técnicas, a la violación de los derechos humanos formalmente hoy aceptados. Como la limitación de los derechos del individuo es una característica innata de las autoridades incluyendo los gobiernos de la mayoría, parece ser que el trabajo social a favor de los derechos humanos siempre será necesario. Hoy se ve que cuanto más madura es la democracia son más numerosas y fuertes las organizaciones protectoras del individualismo y la irrepetibilidad del ser humano ante la tentación de las autoridades.

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